I. Cero tolerancia frente al soborno en todas sus formas de expresión.
II. Los funcionarios y empleados del MIVI se comprometen a cumplir y mejorar continuamente el Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS), basado en la Norma ISO 37001. Esto implica la adopción de acciones concretas para prevenir, detectar y abordar el soborno en todas sus formas de manera racional, proporcional, efectiva y pertinente.
III. Todo funcionario o empleado del MIVI, tiene la responsabilidad de identificar indicios de soborno, cuando las circunstancias lo permitan. Estos indicios pueden incluir promesas, ofrecimientos de regalos, dádivas u otras ventajas indebidas a cambio de realizar u omitir acciones que beneficien a un tercero. El personal del MIVI que presencie o sea víctima de estas situaciones debe rechazar categóricamente cualquier solicitud u oferta de soborno y denunciar los hechos por medio del sitio web del MIVI, el correo [email protected] o el número telefónico 2280-9800, aportando las pruebas que posea para la acción jurídica pertinente.
IV. La Función de Cumplimiento, en conjunto con el liderazgo de la ministra, es responsable de verificar, evaluar y dar seguimiento a la implementación efectiva de esta política, asegurando el logro eficiente y eficaz de los objetivos antisoborno.
V. Los funcionarios, empleados, proveedores, socios de negocios y demás partes interesadas relacionadas con el MIVI deben cumplir con los requisitos del SGAS y su política. Es obligatorio para todos aplicar el marco legal y técnico para la prevención del soborno en los proyectos, actividades, relaciones y servicios institucionales.
VI. Los funcionarios y personal que conforman todas las dependencias y sedes del MIVI, deberán adoptar las medidas necesarias para asegurar la protección, confidencialidad y anonimato de las personas que, con actitudes de buena fe, creencia razonable y responsabilidad, denuncien presuntos actos de soborno, los cuales deberá gestionar la Oficialía de Cumplimiento.
VII. La Función de Cumplimiento tiene la competencia, estatus, responsabilidad, autoridad e independencia en el ejercicio de sus funciones para brindar asesoría y orientación sobre cómo implementar y lograr la mejora continua del SGAS.
VIII. Las autoridades del MIVI realizarán investigaciones exhaustivas, agotando las instancias administrativas y legales en función de la naturaleza y las particularidades de cada caso, todo ello, sin perjuicio de las sanciones administrativas y acciones penales, en que puedan incurrir los infractores, a quienes se les impute un acto de soborno, independientemente que sean empleados o no del MIVI, considerando el hecho, la naturaleza y gravedad de la falta o incumplimiento.
El MIVI como responsable de dirigir la implementación de la Política Nacional de Vivienda y Desarrollo Urbano, implementa su Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS), que incluye esta política, su incumplimiento puede dar lugar a sanciones administrativas y acciones de carácter legal, que puedan alcanzar consecuencias civiles y penales; por lo que se insta a los funcionarios, empleados, proveedores, socios de negocios y otras partes interesadas, a abstenerse, negarse o participar en forma activa o pasiva en cualquier actividad que pueda ser constitutiva de un acto de soborno.